Es requisito indispensable para los jueces nacionales actuar como juez, por lo menos en dos ocasiones dentro de un año en la República mexicana, para mantener la concesión de su licencia.
El juez no puede hacer campaña a ningún ejemplar dentro del año, ni tampoco exhibir perros que no sean de su propiedad, y únicamente lo podrán hacer para obtener los títulos de campeón, si el juez desea hacer campaña a los perros criados por él, será necesario pedir permiso especial para dejar de juzgar durante el año de la campaña, haciendo la solicitud por escrito a la FCM durante el mes de enero a más tardar.
Como está estipulado es el Reglamento de Juez y Juzgamiento de la FCM:
Los jueces con Licencia de la FCM, podrán juzgar únicamente en la República mexicana (licencia nacional) y nunca en el extranjero de acuerdo con el Reglamento Internacional de la FCI.
Las licencias de juzgamientos nacionales e internacionales pertenecen a la Federación Canófila Mexicana, AC, y esta organización se reserva el derecho de revocarlas o cancelarlas si así conviene a sus intereses, por motivos considerados graves, tales como:
" Una mala actuación de un juez, que desprestigie a la organización y a México
" Conducta indecorosa dentro de los eventos de la FCM
" Actuar en contra de los intereses de la FCM, que es quien otorga la licencia
" Hablar mal de la organización a la que pertenece y por la que juzga, así como por sus directivos
" Tomar actitudes amenazantes hacia la FCM
" Premiar a perros por obtener un beneficio personal
El juez acepta juzgar con licencia de la FCM, por consiguiente acepta regirse por los preceptos estipulados en este manual de juzgamiento, así como por todos los reglamentos internos y estatutos oficiales de la FCM
La Licencia de Juez es propiedad de la FCM y podrá ser revocada cuando ésta así lo considere, en el entendido de que ningún juez tendrá derecho a reclamación alguna.
Por ningún concepto el juez deberá promoverse para ser invitado a juzgar a ningún evento y ninguna categoría, quedando a criterio del organizador la invitación.
Los jueces sólo podrán juzgar las razas para las cuales han sido aprobados por la FCM
Queda prohibido a los jueces promover la invitación a su cónyuge o socio para juzgar en cualquier evento.
Queda prohibido a los jueces incluir en sus gastos: llamadas telefónicas, bebidas alcohólicas, gastos personales o la pensión de sus perros.